Artículo 8. Las Fuerzas Armadas
Constitución Española de 1978
Título PreliminarEl artículo 8 de la Constitución Española (art. 8 CE) cierra el título preliminar con dos reglas sobre las Fuerzas Armadas. El apartado 1 dice quiénes las componen —el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire— y cuál es su misión: garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y defender el ordenamiento constitucional. El apartado 2 remite a una ley orgánica la regulación de las bases de la organización militar, mandato que hoy cumple la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional. Las tres trampas de examen están en lo que el artículo NO dice: no incluye a la Guardia Civil entre las Fuerzas Armadas (es un instituto armado, Fuerza y Cuerpo de Seguridad del artículo 104), no incluye la misión de mantener el orden público (propia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad) y no menciona al Rey como mando supremo, porque el artículo 62.h) le atribuye el mando supremo de las Fuerzas Armadas en otro lugar de la Constitución.
Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire , tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional .
Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.
Podcast
Fuerzas Armadas, principios constitucionales y normas jurídicas
23:27
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Preguntas frecuentes
El artículo 8 CE tiene dos apartados. El 8.1 define las Fuerzas Armadas: están constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire y tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y defender el ordenamiento constitucional. El 8.2 ordena que una ley orgánica regule las bases de la organización militar conforme a los principios de la Constitución; hoy esa norma es la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
No. El artículo 8.1 nombra solo tres ramas: Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire. La Guardia Civil es un instituto armado y una Fuerza y Cuerpo de Seguridad del artículo 104 de la Constitución, regulada por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo. Por eso no aparece en el artículo 8 y es una de las preguntas trampa más habituales de este tema.
El artículo 8.1 CE establece que las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, y tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
El Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, según el artículo 8.1 de la Constitución Española.
Garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional (art. 8.1 CE).