Artículo 64. Refrendo de los actos del Rey
Constitución Española de 1978
Título II: De la CoronaLos actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso .
De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden .
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Refrendo de los actos del Rey y dotación de la Corona
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Preguntas frecuentes
El apartado 1 establece que «los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso». El apartado 2 añade que «de los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden» (art. 64 CE).
Solo dos: la propuesta y nombramiento del Presidente del Gobierno y la disolución prevista en el artículo 99 CE (la que se produce cuando ningún candidato obtiene la confianza del Congreso). El resto de actos del Rey los refrenda el Presidente del Gobierno o, en su caso, los ministros competentes, según el art. 64.1 CE.