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Artículo 164. Sentencias del Tribunal Constitucional

Constitución Española de 1978

Título IX: Del Tribunal Constitucional
1.

efectos frente a todos.

2.

Podcast

Iniciativa de reforma y procedimiento ordinario

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Preguntas frecuentes

No. No cabe recurso alguno contra las sentencias del TC. Tienen valor de cosa juzgada desde el día siguiente a su publicación en el BOE (art. 164.1 CE).

Plenos efectos frente a todos (erga omnes). La parte no afectada de la ley subsiste vigente, salvo que el fallo disponga otra cosa (art. 164 CE).

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