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Artículo 58. La Reina consorte o el consorte de la Reina

Constitución Española de 1978

Título II: De la Corona

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Podcast

Regencia, tutela del Rey menor y juramento

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Preguntas frecuentes

No, salvo lo dispuesto para la Regencia. El art. 58 CE prohíbe expresamente que el consorte asuma funciones constitucionales.

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