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Artículo 129. Participación en la Seguridad Social y en la empresa

Constitución Española de 1978

Título VII: Economía y Hacienda
1.

2.

Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y

Podcast

Subordinación de la riqueza al interés general. Iniciativa pública y planificación

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Preguntas frecuentes

El artículo 129.2 establece que los poderes públicos fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas.

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