Estatuto Básico del Empleado Público es la denominación abreviada como EBEP. La Ley 7/2007, de 12 de abril, aprobó el estatuto anterior. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, aprobó su texto refundido y derogó expresamente la ley de 2007. Por eso ambas normas no deben citarse como referencias jurídicas intercambiables.
En el lenguaje de estudio se utiliza EBEP para hablar del estatuto y TREBEP para identificar el texto refundido. La referencia del texto actual es el Real Decreto Legislativo 5/2015. Para una pregunta histórica o sobre una redacción anterior, hay que atender a la norma y fecha concretas que plantea el enunciado.
El artículo 1 del texto refundido define su objeto: establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios incluidos en su ámbito y determinar las normas aplicables al personal laboral de las administraciones públicas. El ámbito del artículo 2 y las reglas específicas de cada colectivo completan esa delimitación; no es una regulación indistinta de todo el empleo público.