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Estado de sitio

El estado de sitio es el régimen extraordinario que declara el Congreso por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno, en los supuestos previstos constitucional y legalmente.

Fuentes oficiales citadas
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Términos relacionados
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Ámbito de estudio: Transversal, Administración, Justicia, Seguridad y emergencias

Definición completa

El estado de sitio se contempla frente a una insurrección o acto de fuerza, producido o amenazante, contra la soberanía, independencia, integridad territorial u ordenamiento constitucional que no pueda resolverse por otros medios, según la Ley Orgánica 4/1981.

A diferencia de la alarma y la excepción, su declaración corresponde al Congreso por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determina el ámbito territorial, la duración y las condiciones.

No debe atribuirse al estado de sitio el plazo inicial de quince o treinta días de los otros estados. Las facultades y posibles suspensiones deben comprobarse en el marco de la Constitución, la ley orgánica y la declaración correspondiente.

Por qué importa para opositores

El artículo 116.4 CE distingue claramente quién declara el sitio. El artículo 32 de la Ley Orgánica 4/1981 desarrolla sus presupuestos y el contenido de la declaración.

Ejemplo práctico

Un enunciado sostiene que el estado de sitio lo declara el Gobierno por treinta días: confunde tanto el órgano declarante como la regla de duración.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre Estado de excepción y Estado de sitio?

El estado de sitio se declara ante una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o el ordenamiento constitucional que no pueda resolverse por otros medios (Ley Orgánica 4/1981, artículo 32), y lo declara el Congreso por mayoría absoluta a propuesta exclusiva del Gobierno (artículo 116.4 CE). El estado de excepción lo declara el Gobierno previa autorización del Congreso y no puede exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual (artículo 116.3 CE).

¿Quién declara el estado de sitio?

El Congreso de los Diputados por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno, conforme al artículo 116.4 CE.

¿El estado de sitio dura siempre treinta días?

No. La Constitución atribuye al Congreso determinar su duración y condiciones. No debe aplicarse automáticamente el plazo del estado de excepción.

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